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Los condominios que contemplen el destino habitacional en alguna de sus unidades deberán contratar
y mantener vigente un seguro colectivo contra incendio, que cubra los daños que sufran todos los bienes e
instalaciones comunes
Artículo 43


Cumple con la obligación de contar con un seguro para espacios comunes según la nueva Ley de Copropiedad 21.442

La responsabilidad de contratar un seguro recae en el administrador y en el comité de administración

Evita demandas civiles por accidentes o siniestros en áreas comunes o que afecten a personas dentro del condominio